El Colegio de Ópticos-Optometristas de Galicia se separa del CNOO

Las razones que justifican esta segregación se basan en criterios de eficacia y eficiencia.

24/08/2022

­­­El Colegio de Ópticos-Optometristas de Galicia (COOG) ya ha hecho efectiva su separación del Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas. Esto es lo que recoge este lunes el Boletín Oficial de Galicia, donde se hace en conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2001, de 18 de septiembre, de colegios profesionales de ...

­­­El Colegio de Ópticos-Optometristas de Galicia (COOG) ya ha hecho efectiva su separación del Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas. Esto es lo que recoge este lunes el Boletín Oficial de Galicia, donde se hace en conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2001, de 18 de septiembre, de colegios profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las razones que justifican esta segregación se basan en criterios de eficacia y eficiencia en la consecución de los objetivos que deben cumplir como sociedades mercantiles de derecho público, tanto en relación con la defensa de los intereses de los colegiados como de los consumidores y usuarios. Además, se quiere hacer favoreciendo el diálogo con las administraciones públicas, con el sector empresarial y con la sociedad en su conjunto, favoreciendo una mejor organización de las actividades de servicios y el desarrollo de la economía en general.

El decreto que aparece en el Boletín Oficial de Galicia consta de seis artículos relativos a la creación del organismo, el ámbito territorial, la estructura, el ámbito personal, las relaciones con la Administración de la CCAA de Galicia, la igualdad de género y el uso del gallego en las comunicaciones, tres disposiciones transitorias y una disposición final.

El centro educativo, como corporación de derecho público, tendrá personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y ejercerá sus funciones en el ámbito territorial correspondiente a la CCAA de Galicia.

La transición

La Junta Directiva, en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de este decreto, presentará los estatutos provisionales del Colegio resultante de la segregación, en los que se expondrá el proceso electoral, la composición y funcionamiento de la asamblea colegiada constituyente y la forma de designación del órgano del gobierno, así como sus funciones.

Los estatutos provisionales se remitirán al ministerio competente en materia de colegios profesionales para que verifique su adecuación a la legalidad y ordene, en su caso, su publicación en el Boletín Oficial de Galicia mediante decreto. Así, el COOG se subroga en las relaciones y situaciones jurídicas del CNOO según el reparto que ambas partes determinen de común acuerdo.